MÉRIDA.- El Tribunal Colegiado del Decimocuarto Circuito dejó sin efecto la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del Estado en contra del ex presidente del Colegio de Psiquiatras de Yucatán, Enrique Lara González.

 

Se le amparó contra la orden de aprehensión que se había dictado en su contra por la muerte de su colega Felipe de Jesús Triay Peniche, quien fue desmembrado después de muerto

De esta forma quedó invalidad todo el proceso, incluyendo el fallo en el que a Lara González se le dejó libre porque que no se le pudo comprobar la autoría intelectual de homicidio.

Con ello la Fiscalía no puede revertir el fallo por el cual se le dejó libre, toda vez que se le sentenció “en abstracto y en ausencia”.

En febrero del 2017, mediante una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal de Casación ordenó al Tribunal Segundo de Juicio Oral que cancelara la orden de aprehensión emitida en contra de Enrique Lara.

No se canceló, por lo que la defensa promoción un amparo indirecto, mismo que se volvió amparo directo, en razón a que dicha jurisprudencia considera que sentencias como la casación son definitivas.

Entonces, el Juzgado Quinto de Distrito declinó competencia al Tribunal Colegiado y este último aceptó conocer del amparo, mismo que ahora se resolvió en favor del acusado.

Se desconoce si la Fiscalía puede reunir pruebas, solicitar nueva orden para detenerlo, toda vez que prácticamente el psiquiatra hoy favorecido prácticamente no fue juzgado al declararse ahora invalidado el proceso por el cual se le dejó libre.

En este caso, el autor material directo del crimen, el también psiquiatra Pablo Santos García, fue condenado a 35 años de cárcel y al pago de 35 millones 600 mil pesos.