MÉRIDA.- El Tribunal Primero de Enjuiciamiento condenó a 1 año de prisión a José Antonio Villanueva Concha, como responsable del delito de sustracción de menores, por haberse llevado a su hijo, apenas firmó su divorcio y considerar que la madre del niño no era una persona decente.

 

Fue condenado también a pagar una multa de 5 mil pesos que pueden ser sustituidos por 182 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.

Igualmente se le amonestó públicamente; le suspendieron sus derechos políticos; le otorgaron algunos beneficios, y se le sancionó a la reparación del daño de manera genérica.

El delito de sustracción de menores se castiga con pena de 3 meses a 3 años de prisión y de 10 a 60 días multa.

Sin embargo, cuando se devuelve el menor antes de la etapa intermedia, se le impondrá al infractor hasta una tercera parte de las penas señaladas, es decir, de 1 mes a 2 años de cárcel.

Fue denunciado por la señora Mariana Guillermo.

El ahora condenado y la querellante estuvieron civilmente casados y de su unión procrearon a un niño. En noviembre del 2015, debido a problemas de violencia con el imputado, la mujer se separó.

Estando aún separados, Villanueva Concha mantenía contacto con el menor, ya que acudía a buscarlo los viernes a la escuela donde estudiaba y se lo llevaba el fin de semana, devolviéndolo el lunes.

Estuvieron por un tiempo así, hasta que el 15 de enero de 2016, firmaron ante el Centro Estatal de Solución de Controversias del Poder Judicial del Estado de Yucatán un convenio, por medio del cual acordaron que era su voluntad disolver su vínculo matrimonial.

En los acuerdos destacaba la custodia del menor, la cual la tendría la madre y habitaría con ella.

El sujeto, ese mismo día, acudió a buscar al menor de edad, como se había acordado, y a las 2 de la tarde llamó a la querellante diciéndole que “ya no volvería a ver a su hijo, ya que no merecía rehacer su vida”, porque como era una mujer separada tendría una conducta licenciosa y no sería un buen ejemplo para el niño.